Descripción
Por nuevos derechos se entienden aquellos no incluidos como tales en el catálogo de 1978 (que ya nació viejo en comparación con la Carta Social Europea de 1961 y con los Pactos Internacionales de 1966) ni añadidos desde entonces por la jurisprudencia evolutiva. El autor ofrece una serie de argumentos a favor de la creación de nuevos derechos. Con apoyo en estas razones, se defiende la necesidad de actualizar el catálogo de derechos en cinco ámbitos relevantes (bioética, vida familiar, información y participación, derechos sociales y ambientales y grupos en situación de vulnerabilidad) y se demuestra que existe ya un consenso social y político básico a favor de esta incorporación.
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